El cálculo de Liquidación se realiza a través del Sistema Automatizado de Liquidación de Beneficios Sociales.
El ex trabajador acreditado, previo recojo de Ticket proporcionará la siguiente información:
- Carta de renuncia o certificado de trabajo o carta de despido o acta de inspección especial (por despido, cierre de centro de trabajo) yo constatación policial (donde se advierta fecha de ingreso, jornada y horario de trabajo remuneración percibida y fecha de cese.
- Tratándose de Empresas declaradas en insolvencia empresarial, presentarán la publicación de insolvencia empresarial, publicada en el diario o la Resolución de Insolvencia Empresarial, emitido por Instituto Nacional de defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual.
- Boletas de Pago (originales) desde la fecha de ingreso al cese
- Movimiento histórico de la CTS (se solicita en la oficina principal de la entidad depositaria) (opcional).
- Documento de reclamo del recurrente a su empleador, en el que se indique los derechos que no han sido pagados en su oportunidad.
- En los casos de Liquidación por despido Arbitrario, solicitarán previamente atención en el servicio de consultas al trabajador.
El Liquidador adscrito al servicio, otorgará y autorizará al usuario la solicitud para Audiencia de Conciliación con la indicación de la documentación que debe acompañarse a la referida solicitud.